sábado, 1 de marzo de 2014

La constructora del hospital, obligada a pagar 1,4 millones del impuesto de obras

La empresa que ha hecho las obra del nuevo hospital está en su obligación de pagar el correspondiente Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y no cabe aplicar una exención del tributo, como pretendían las constructoras que forman parte de la Unión Temporal de Empresas (UTE), formada por FCC, Joca y Placonsa, adjudicatarias de esta importante dotación sanitaria de la ciudad, cuya construcción comenzó en 2007 con un presupuesto de 53 millones de euros. Desde el pasado año las obras se encuentran paradas, a la espera de que la Junta de Extremadura readjudique su finalización tras rescindirle el contrato con la UTE por considerar que había incurrido en diversos incumplimientos, todavía en lo que es la primera fase del proyecto.
Las empresas adjudicatarias de las obras deberán pagar al Ayuntamiento casi 1,4 millones de euros (1.396.011 euros) en concepto de ICIO, según lo ratifica el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TJSEx) en una sentencia del pasado 14 de febrero.
Las empresas de la UTE, denominada Nuevo Hospital, se enfrentan a la exigencia del pago del impuesto al Ayuntamiento, aunque la sentencia del juzgado es recurrible.
En el fallo judicial se rechazan los argumentos de las empresas, que defendían la exención del tributo al considerar que el nuevo hospital es una edificación de interés social y que por ello no era de aplicación el pago del ICIO. El Ayuntamiento resolvió en febrero de 2013 la fijación del pago del impuesto en casi 1,4 millones de euros y argumentó ante el juzgado que la obra del nuevo hospital no entra dentro de las que pueden disfrutar de una exención, en concreto obras de las administraciones públicas que consistan en la construcción de carreteras, ferrocarriles, aeropuertos y dotaciones hidráulicas. El tribunal rechaza el recurso de las empresa, que pretendían anular la resolución municipal por no aplicar el Ayuntamiento las exenciones o bonificaciones. En la sentencia también se ratifica que no ha lugar a reclamar bonificaciones en el impuesto por no entrar esta obra en los supuestos previstos para ello en la ordenanza municipal del ICIO.
Vistahermosa
Por otra parte, el Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx ha emitido una sentencia en la que rechaza el recurso de la junta de compensación del Residencial Vistahermosa, que reclamaba al Ayuntamiento el pago de 536.000 euros por indemnizaciones correspondientes al derribo de infraestructuras afectadas por la futura obra de la ronda sureste.
Con estas dos sentencias, el Ayuntamiento se libra de pagar medio millón de euros y debe recibir 1,4 millones.



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